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La CIJ ordena a Italia que desista de reclamar indemnizaciones por el nazismo

La Haya, 3 feb (EFE).- La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenó hoy a Italia que deje "sin efecto" las decisiones judiciales tomadas en ese país en las que se pedían indemnizaciones a Alemania para víctimas del nazismo durante la Segunda Guerra Mundial.

Según decidieron hoy los magistrados de la Corte, en esas sentencias se violó la inmunidad que el Derecho Internacional otorga a un Estado, en ese caso Alemania.

"Italia debe (...) asegurar que dejen de tener efecto las decisiones de sus cortes y de otras autoridades judiciales que han infringido la inmunidad de la que disfruta Alemania al amparo del Derecho Internacional", se lee en el fallo dictado hoy por el máximo órgano judicial de la ONU.

Tras tramitar la demanda interpuesta en 2008 por Berlín contra Roma por esta cuestión, los jueces dieron la razón a Alemania al confirmar que "Italia ha violado su obligación de respetar la inmunidad" alemana, "al permitir prosperar demandas civiles relacionadas con la violación de las leyes humanitarias internacionales cometidas por el Tercer Reich alemán entre 1943".

Además, Italia también incurrió en el mismo error al aplicar en su territorio decisiones judiciales de la misma naturaleza que se habían dictado en tribunales griegos.

Las demandas tenían que ver con la petición de indemnizaciones a víctimas italianas del nazismo que habían sido deportados y obligados a trabajos forzados en Alemania durante la Segunda Guerra Mundial.

La CIJ no cuestionó la violación de los derechos humanos durante la Segunda Guerra Mundial, pero precisó que bajo el amparo del Derecho Internacional, "un Estado no se ve privado de su inmunidad por el hecho de ser acusado de serias violaciones de las leyes internacionales de Derechos Humanos o de las leyes internacionales que rigen en un conflicto armado".

La Corte reconoció a Alemania haber "dado pasos significativos" para indemnizar a víctimas italianas de crímenes de guerra y lesa humanidad.

Sin embargo, la CIJ expresó su "sorpresa y rechazo" por el hecho de que Alemania decidiese excluir de esas compensaciones a los militares a los que obligaron a hacer trabajos forzados, por considerar que no les correspondían tales indemnizaciones porque eran prisioneros de guerra.

La Corte de Casación italiana aceptó que los tribunales de Italia podían recibir demandas relativas a Alemania.

En 2008, un tribunal de apelación de Florencia validó un fallo de la justicia griega, que condenó en 1997 al Estado alemán a pagar más de 28 millones de euros a los familiares de 218 víctimas de una masacre que tuvo lugar el 10 de junio de 1944 en Distomo, en el centro de Grecia.

El Estado alemán había rechazado en 2003 todas las reclamaciones con el argumento de que el asunto de las indemnizaciones quedó cerrado cuando Alemania entregó 115 millones de marcos (unos 55 millones de euros) al Gobierno griego en 1960 y, que por tanto no estaba obligado a satisfacer demandas de particulares. EFE

mr/rcf/ih

EFE

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